Facilidad que otorga la administración tributaria, en ciertos supuestos, al obligado tributario para que pueda satisfacer sus deudas en cuotas en un determinado período de tiempo.
Fuente: artículo 65 de la Ley General Tributaria (BOE de 18/12/2003)
Facilidad que otorga la administración tributaria, en ciertos supuestos, al obligado tributario para que pueda satisfacer sus deudas en cuotas en un determinado período de tiempo.
Fuente: artículo 65 de la Ley General Tributaria (BOE de 18/12/2003)