Urbanismo.
Procedimientos técnico-administrativos de transformación de suelo para organizar su ocupación y explotación ordenada, a través de la construcción de infraestructuras destinadas al satisfacer las demandas de las sociedades.
Procedimientos técnico-administrativos de transformación de suelo para organizar su ocupación y explotación ordenada, a través de la construcción de infraestructuras destinadas al satisfacer las demandas de las sociedades.
Está compuesta por las calles, plazas, parajes, callejones, travesías, etc. del callejero municipal. Su denominación puede ser por la sigla (p.e., CL, CJ, CT, CR, PZ, PL, PB, TR, etc.) y el nombre de la vía (p.e., Andalucía, Estación, Rastro, Antonio Machado, etc.) o por el código de la vía (p.e., 385, 12, 1.190, etc.).
Es la unidad mínima que compone una finca urbana. En el caso de un solar, una vivienda unifamiliar o una nave industrial, generalmente suelo identificarse una sola unidad urbana. En el caso de un edificio de viviendas, locales, etc. cada uno de ellos se identifica como unidades urbanas diferentes. Debería coincidir con la finca registral.
Por regla general las vías públicas de identifican con un sólo tramo (01) que corresponde a números pares e impares, pero a veces es necesario hacer diferenciaciones de tramos (p.e., 01, 02, 03, etc.) que permita un mayor rigor en los trabajos posteriores.
Es la unidad territorial municipal básica que, sola o por agrupación con otras, forma la manzana catastral. Es la base sobre la que se asienta la finca urbana. Cuando hay varias parcelas catastrales existen linderos con otras parcelas (p.e., IZ, DR, FN, etc.). Cuando la parcela catastral coincide con la manzana, los linderos son las…
Es la superficie que puede ser ocupada por la edificación en base a las limitaciones establecidas por otros parámetros urbanísticos. La relación existente entre la superficie ocupada por la proyección en planta de la edificación (incluidos patios interiores y descontados los salientes y aleros) respecto de la superficie de parcela neta, es lo que se…
Es la superficie construible total que el planeamiento fija como límite de edificación en una parcela, área o sector. Se expresa generalmente en m².
Es la unidad imaginaria interior en que se puede dividir una parcela catastral por diferenciación de suelo ocupado/no ocupado, o por razones técnicas de valoración (p.e., para aplicación de coeficientes correctores a solares con superficie mayor que la mínima, etc.).
Es la unidad de parcelación mínima e indivisible que se establece en una zona o sector del suelo urbano o urbanizable, en función de la ordenación y tipología edificatoria representativa o característica. Se expresa generalmente en metros cuadrados (m2).
Es el número máximo de plantas que se autoriza a edificar sobre la rasante del terreno, incluida la planta baja.