Calificación de los inmuebles

El carácter urbano, rural, de características especiales, y todas aquellas que la normativa local decida establecer de un inmueble, dependerá de la naturaleza del suelo que, a los efectos catastrales podrá ser calificada por la Institución Catastral, buscando la sintonía con la establecida por las instituciones responsables de ordenación territorial.